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LISTADO DE AAVV DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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A diferencia del sistema arbitral, la mediación y la conciliación no son procedimientos de carácter ejecutivo. Su resultado tiene el alcance de un acuerdo entre las partes.
La mediación y la conciliación son procedimientos de resolución amistosa de conflictos entre dos partes mediante la intervención de un tercero que no tiene poder de decisión y que ayuda a las partes a que lleguen a un acuerdo.
En este caso la reclamación se traslada a la empresa que ha sido reclamada para que en el plazo establecido proponga una solución y la respuesta recibida se transmite al consumidor para diga si la acepta o no.
Una vez transcurrido el plazo para que conteste la empresa y realizadas las pruebas periciales si las hubiera, se convocará a las partes para celebrar el acto de conciliación, al final del cual se redactará un acta con los acuerdo adoptados y el plazo fijado para su cumplimiento.
Las principales características de estos procedimientos son la gratuidad y el que las partes se someten voluntariamente a este sistema.
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