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Instrucción para la instalación de ascensores exteriores en zonas verdes o vías públicas

A propuesta de la FRAVM, el Ayuntamiento de Madrid aprobó el 20 de octubre de 2008 un cambio en la normativa urbanística para permitir la instalación de ascensores exteriores en aquellos edificios en los que técnicamente sea imposible instalarlo en su interior, porque no tengan patio ni hueco en la escalera y siempre y cuando el espacio de la acera o la zona verde lo permita. Además, la superficie que podrá ocupar en la vía pública no podrá perjudicar ni el tránsito de peatones o de vehículos ni afectar a los servicios municipales. En la instrucción detallamos algunas de las condiciones y pasos a seguir para que una comunidad instale un ascensor en la fachada, así como las ayudas económicas a las que puede optar.


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